SEMANA 10

PRINCIPIOS ADMINISTRATIVOS


  1.  PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA 
  2.  PRINCIPIO DE COMPETENCIA REGLADA 
  3.  COMPETENCIA PROCESAL ADMINISTRATIVA 
  4.  CONTENIDO DE LA JURISDICCIÓN ADMINISTRATIVA

  • EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD ADMINISTRATIVO es el fundamento en virtud del cual todos los actos administrativos relacionados con la contratación, manejo y disposición de los bienes y servicios del sector público, deben estar sometidos a las leyes y las sanciones administrativas solamente podrán ser impuestas cuando éstas hayan sido previstas por norma expresa (Ley Nº 2341 “Ley De Procedimiento Administrativo” de 23 de abril de 2002 Art. 72).
  • El PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA es el fundamento para la “aplicación objetiva de la ley, de tal modo que las personas saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza y la mala voluntad de los gobernantes puedan causar perjuicio” (OSSORIO, Manuel, “Diccionario De Ciencias Jurídicas Políticas Y Sociales”, Buenos Aires, Argentina: Heliasta, 24ª, 1997, p. 906).El Principio de Seguridad Jurídica sirve de fundamento para limitar al Poder Público de un Estado y como es lógico éste principio es fundamento solo en el Estado Constitucional porque en los de régimen autocrático y totalitario las personas siempre están sometidas a la arbitrariedad de quienes detentan el poder.

  • PRINCIPIO DE COMPETENCIA REGLADA es aquella en virtud de la cual los servidores públicos sólo pueden hacer lo que la Constitución o la ley les permiten.
    Existe competencia reglada cuando la ley ha previsto que frente a determinadas situaciones de hecho, el servidor público debe tomar las medidas a él asignadas en forma expresa y sujetarse a las misma evitando el libre arbitrio administrativo.

  • La COMPETENCIA PROCESAL ADMINISTRATIVA es la medida de la jurisdicción atribuida a un órgano del Poder Público, a efecto de conocer y resolver los procedimientos administrativos en que es llamado a conocer por razón de materia, y cargo 
  • FINALIDADES. U Objetivos de la entidad de la Administración Publica. Una finalidad es el motivo o intención con que se hace una cosa. Es el fin con que o porque se hace algo.
    ¿Porque se establecieron las superintendencias? Porque su objetivo es regular.
    FUNCIONES. Son las acciones (poder hacer) asignados a cada cargo dentro de las entidades para desarrollar las atribuciones propias de estas.
    ATRIBUCIONES. Son potestades (deber hacer) concedidos a las entidades para alcanzar su finalidad.
    FACULTADES. Son autorizaciones reconocidas a cada cargo para que los servidores públicos puedan ejercer las funciones que les corresponden.
    DEBERES. Son actividades imperativas de cada entidad o servidor público dirigidas a cumplir con sus atribuciones o funciones que le son inherentes. Mientras más elementos genéricos más competencia. Por ejemplo un Juez Registrador tiene menos competencia porque tiene pocos elementos genéricos. Un Superintendente tiene más competencia, porque por ejemplo puede intervenir una entidad regulada. Pero un Juez de materia penal tiene más competencia ya que puede restringir un derecho fundamental: la libertad de locomoción de un individuo.

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